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| PROGRAMAS DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA EN EXTREMADURA |
| A NIVEL PRÁCTICO |
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La sociedad española del siglo XXI tiene la convicción de que es necesario mejorar la calidad de la educación al mismo tiempo que ese beneficio debe llegar a todos los jóvenes sin exclusiones. Asegurar una enseñanza de calidad, por tanto, es uno de los retos fundamentales de la educación, y por ello, lograr esta calidad es un objetivo de nuestro sistema educativo, según establece la Ley Orgánica 272006 de 3 de mayo de Educación.
Actualmente, la adecuada respuesta educativa a todos los alumnos se concibe a partir del principio de inclusión, entendiendo que únicamente de ese modo, se garantiza el desarrollo de todos, se favorece la equidad y se contribuye a una mayor cohesión social.
Debemos atender la diversidad en sentido amplio como un elemento enriquecedor, como una circunstancia relevante que es preciso tener en cuenta desde el punto de vista educativo, al planificar y desarrollar los procesos de enseñanza-aprendizaje.
Dentro de este alumnado diverso, encontramos los Alumnos con Necesidades de Compensación Educativa. Realicemos un pequeño análisis de los Programas de Compensación Educativa desarrollados en nuestra Comunidad Autónoma.
A NIVEL LEGISLATIVO
Debemos remontarnos a la LOGSE Ley 1/1990 de 3 de Octubre, dónde por primera vez se atiende a todos los alumnos, incluidos los ACNEE (alumnos con necesidades educativas especiales, término que aparece por primera vez en la legislación).
Según algunos autores, esta ley mantiene una dualidad, diferenciando entre ACNEE por sus condiciones personales y aquellos que requieren medidas de Compensación Educativa, entendiéndose como ACNEE sólo a los primeros.
En el desarrollo normativo de la LOGSE, se mantiene esta dualidad y encontramos:
Normas para Alumnos con Necesidades Educativas Especiales:
Real Decreto 696/1995 de ordenación de los alumnos con Necesidades Educativas Especiales.
Las Órdenes Ministeriales de 14 de febrero de 1996 para evaluación de alumnos con Necesidades Educativas Especiales y para la realización de la evaluación psicopedagógica.
Normas relativas a la atención de Alumnos con Necesidades de Compensación Educativa:
El Real Decreto 299/1996 de 28 de febrero de Ordenación de las acciones dirigidas a la Compensación de desigualdades en Educación, dónde se establece una serie de actuaciones compensadoras a adoptar, tanto desde el Sistema Educativo, como desde el centro escolar.
Posteriormente, para desarrollar el R.Decreto anterior se publica la Orden Ministerial de 22 de julio de 1999 regula las actuaciones de Compensación Educativa en los centros docentes sostenidos con fondos públicos. Esta Orden que desarrolla la actuación compensatoria desde cada centro educativo, determinando que:
“ Se consideran alumnos con necesidades de Compensación Educativa, aquellos que por su pertenencia a minorías étnicas o culturales, en desventaja socioeducativa, o a otros colectivos desfavorecidos, que presentan un desfase curricular significativo, con dos o más cursos de diferencia entre su Nivel de competencia curricular y el nivel en que está escolarizado, y necesidad de apoyo como consecuencia de su incorporación tardía al sistema educativo, de escolarización irregular en caso de inmigrantes o por el desconocimiento de la lengua vehicular del proceso de enseñanza-aprendizaje”
Establece además que las Medidas de Compensación a adoptar se dividen en:
Medidas Internas. Apoyo en las áreas instrumentales básicas, (lengua castellana , matemáticas), lengua vehicular, integración socio-afectiva a través de la acción tutorial.
Medidas Externas. Acercamiento de las familias, coordinación con servicios sociales, actividades extraescolares que fomenten la inserción, potenciar la participación de las familias en actividades del centro…
La Determinación de Necesidades de Compensación Educativa, se realizará mediante una evaluación individualizada por parte del tutor, con la participación del profesorado de Compensatoria, con el Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica en Primaria y el Departamento de Orientación en Secundaria.
En La actual Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación en su artículo 80 se trata así mismo de la compensación de desigualdades en educación a través de programas específicos desarrollados en centros docentes escolares o en zonas geográficas donde resulte necesaria una intervención educativa compensatoria con el objetivo de garantizar el derecho a la educación a los estudiantes en condiciones socioeconómicas desfavorables.



